[
  {
    "id": "R-01",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "La fachada principal se construye sobre la alineación de calle existente, sin retiro frontal; se prohíbe retranquear el plano de fachada respecto del frente consolidado de la manzana.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La trama y el parcelario son el primer valor a conservar en una ciudad histórica (SRC-183, art. 2, p. 2); el tejido guaireño es 'denso y homogéneo' y su valor es de conjunto (SRC-185). Hecho documentado; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-01", "P-06"],
    "fuentes": ["SRC-183", "SRC-185"]
  },
  {
    "id": "R-02",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "Se conserva el parcelario: la agregación se limita a dos parcelas contiguas y la fachada resultante debe expresar la partición original mediante cuerpos diferenciados.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El parcelario guarda una jerarquía dimensional entre ciudad baja y ciudad alta que define el carácter del casco (SRC-185); la forma urbana definida por trama y parcelario es valor protegido (SRC-183, art. 2, p. 2). Frentes y fondos exactos pendientes de levantamiento (Informe 03).",
    "derivada_de": ["P-03"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-183"]
  },
  {
    "id": "R-03",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "Ocupación máxima de parcela: 85 % (valor provisional). Toda edificación de nueva planta incluye al menos un patio descubierto de superficie no menor al 12 % de la parcela y lado mínimo 3 m (valores provisionales), al que ventilen las crujías interiores.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La casa de patio es la matriz tipológica constante del casco: 'low-rise and traditional buildings are organised around patios' (SRC-185); zaguán, patio y corredores documentados en las fichas oficiales (SRC-049, pp. 13, 17, 18). El patio es además dispositivo bioclimático de ventilación e iluminación (SRC-004, p. 121). Valores numéricos: hipótesis de proyecto a calibrar con levantamiento.",
    "derivada_de": ["P-04", "P-13"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-049", "SRC-004"]
  },
  {
    "id": "R-04",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "La edificación se adosa a ambas medianeras en todo el frente de parcela; no se permiten retiros laterales abiertos hacia la calle.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El tejido documentado es continuo y denso (SRC-185); las fachadas del sector El Guamacho forman frentes urbanos continuos en tablero (SRC-049, p. 19). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-01", "P-06"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-05",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "Las parcelas de esquina se resuelven con volumen en L de dos frentes activos y patio interior, según el modelo documentado de la Casa Boggio.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "La Casa Boggio, esquinera de dos niveles en L con dos patios y todos los espacios de planta baja con vanos de acceso directo al exterior, es el precedente local documentado (SRC-049, p. 18). Hecho + interpretación tipológica.",
    "derivada_de": ["P-04", "P-05"],
    "fuentes": ["SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-06",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "El acceso peatonal principal se produce desde la calle a través de un zaguán; cada parcela tiene un único acceso principal jerarquizado.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La secuencia calle-zaguán-patio-corredores es la gramática invariante del casco (SRC-049, pp. 13, 17, 33); Curtis la registra incluso en la aduana en 1896 (SRC-208, p. 34 del escaneo). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-04"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-208"]
  },
  {
    "id": "R-07",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "Estacionamiento en fachada a calle: se prohíben garajes frontales, marquesinas y playas de estacionamiento con frente a calle dentro del casco; el estacionamiento se resuelve en bolsas perimetrales o al interior de la parcela sin suprimir el zaguán ni interrumpir el frente construido.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "La planta baja histórica es activa: vanos de comercio y despacho hacia la calle (SRC-049, pp. 18, 23); el valor del casco es coral y depende de la continuidad del frente (SRC-185). Interpretación operativa del equipo sobre hechos documentados; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-05", "P-14"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-185"]
  },
  {
    "id": "R-08",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "No se construye en cauces, en sus márgenes inmediatas ni en los sectores de abanico aluvial activo delimitados por la cartografía USGS de depósitos y amenaza del evento de 1999 (mapa I-2772 y láminas del OFR 01-0144); la ocupación existente aguas abajo solo se consolida si existen y se mantienen obras de retención y canalización.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El casco descansa sobre el abanico de la quebrada Osorio, entre los abanicos activos del litoral (SRC-262, pp. 122-123); los flujos de detritos de 1999 sobre abanicos urbanizados dejaron un saldo estimado de 19.000 muertes (SRC-249, p. 1) y la recurrencia es de 1-2 aludes de gran magnitud por siglo desde el siglo XVII (SRC-248). El balance a veinte años documenta qué mitigación existe realmente (SRC-019). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-15"],
    "fuentes": ["SRC-241", "SRC-242", "SRC-249", "SRC-248", "SRC-262", "SRC-019"]
  },
  {
    "id": "R-09",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "Banda no edificable a ambos lados de toda quebrada: su ancho lo fija el estudio hidráulico y nunca es menor que la franja de amenaza cartografiada por el USGS; en ausencia de estudio rige un mínimo provisional de 15 m al eje del cauce.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Los registros históricos documentan eventos destructivos en 1798, 1912, 1914, 1938, 1944, 1948, 1951 y 1999, entre otros (SRC-242, sección Introduction; SRC-255, p. 4); Semple ya describió la quebrada del pueblo como 'an impassable torrent' que desbordaba sobre la parte baja (SRC-204, p. 49 del escaneo). El valor de 15 m es provisional, de proyecto. Hecho + hipótesis numérica declarada.",
    "derivada_de": ["P-15"],
    "fuentes": ["SRC-242", "SRC-255", "SRC-204", "SRC-241"]
  },
  {
    "id": "R-10",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "En pendiente, la edificación se escalona siguiendo el terreno; se prohíben las plataformas masivas de nivelación y los muros de contención expuestos a calle de altura mayor de 3 m.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La retícula guaireña se adapta a la topografía con 'perfiles de calle estrechos y pendientes pronunciadas' que generan sentido de lugar (SRC-263, pp. 69-70); la calle Las Trincheras se destaca por su silueta escalonada (SRC-049, p. 25). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-02"],
    "fuentes": ["SRC-263", "SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-11",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "En zonas históricamente alcanzadas por flujos o inundación, la cota de planta baja se sobreeleva entre 0,20 y 0,40 m sobre la rasante (valor provisional) y las pendientes del lote evacúan hacia la calle o el cauce, nunca hacia la medianera.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "La recurrencia secular de crecidas exige tratar la lluvia extraordinaria como caso de diseño, no como excepción (SRC-242; SRC-249, p. 3). Interpretación operativa; confianza moderada.",
    "derivada_de": ["P-15"],
    "fuentes": ["SRC-242", "SRC-249"]
  },
  {
    "id": "R-12",
    "categoria": "implantacion",
    "regla": "Los proyectos públicos del borde norte priorizan cruces peatonales seguros de la avenida Soublette y la reconexión del casco con el puerto y el frente marino.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "El divorcio ciudad-mar es un hecho del siglo XX: la avenida Soublette (1950-1954) y el recinto portuario aislaron el casco del mar (SRC-262, p. 132 del PDF procesado, referencia a Gasparini y Pérez Vila 1981; SRC-049, p. 29: la Casa de los Ingleses y el puerto 'se encuentran aislados de este sitio urbano'). La relación con el frente marino es patrón recuperable (Informe 03, interpretación).",
    "derivada_de": ["P-19"],
    "fuentes": ["SRC-262", "SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-13",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "Altura base: dos niveles (planta baja más una alta) en la ciudad alta y en calles interiores; hasta tres niveles en los frentes comerciales de la ciudad baja (calles Bolívar y El Comercio).",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El casco es de edificios bajos con jerarquía dimensional entre ciudad baja y alta (SRC-185); el catálogo oficial documenta casas de dos pisos como tipo dominante (SRC-049, p. 13) y la Jefatura Civil como caso de tres plantas en la calle Bolívar (SRC-049, p. 33). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-06", "P-03"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-14",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "Altura máxima absoluta: cuatro niveles, admisibles solo en los bordes no históricos del polígono y con el cuarto nivel retranqueado al menos 3 m del plano de fachada; cinco niveles solo fuera del polígono del casco y con doble retranqueo; se prohíbe superar estas alturas.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El valor declarado del conjunto es 'low-rise' (SRC-185). Lección sísmica documentada: tras el terremoto de 1641 Caracas limitó los segundos pisos (SRC-035, p. 13) y en 1967 colapsaron edificios altos del litoral, incluidos los últimos cinco pisos de la Mansión Charaima en Caraballeda (SRC-243, pp. 17, 26). Hecho + interpretación normativa.",
    "derivada_de": ["P-06", "P-16"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-035", "SRC-243"]
  },
  {
    "id": "R-15",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "Los frentes mayores de 12 m se componen en cuerpos verticales diferenciados de entre 6 y 12 m (valores provisionales) que reproduzcan el ritmo parcelario de la manzana.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El tejido se percibe como suma de unidades parcelarias con jerarquía dimensional (SRC-185); las fachadas continuas del Guamacho se componen 'en forma de tablero' por unidades (SRC-049, p. 19). Valores numéricos provisionales hasta el levantamiento de frentes.",
    "derivada_de": ["P-03", "P-07"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-16",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "La cubierta principal es inclinada, de teja criolla, en faldones hacia la calle y el patio, con pendiente moderada (25-35 %, valor provisional) y continuidad con los tejados vecinos.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "'La continuidad de los tejados y su poca inclinación' es rasgo tipológico documentado de la tradición (SRC-002, p. 6); la teja criolla está nombrada en la Casa Vargas y la Casa Boulton (SRC-049, pp. 17, 23) y las armaduras de pares y nudillos son la techumbre canónica del corpus (SRC-049, pp. 19, 23, 33). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-10"],
    "fuentes": ["SRC-002", "SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-17",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "Se admiten azoteas planas transitables únicamente en cuerpos secundarios interiores no visibles desde el espacio público.",
    "nivel": "opcional",
    "justificacion": "El paisaje de tejados continuos define el conjunto (SRC-002, p. 6); mantener la teja en los cuerpos a calle preserva ese valor mientras permite flexibilidad interior. Interpretación del equipo; confianza moderada.",
    "derivada_de": ["P-10"],
    "fuentes": ["SRC-002", "SRC-185"]
  },
  {
    "id": "R-18",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "El perfil de conjunto en ladera mantiene el escalonamiento: ninguna edificación nueva sobresale más de un nivel respecto de sus colindantes inmediatas.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La silueta escalonada en pendiente es carácter documentado del casco (SRC-049, p. 25; SRC-263, pp. 69-70) y el perfil de conjunto es valor protegido por la doctrina de ciudades históricas (SRC-183, art. 2, p. 2). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-02", "P-06"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-263", "SRC-183"]
  },
  {
    "id": "R-19",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "La volumetría es compacta y regular en planta y alzado; se evitan configuraciones sísmicamente irregulares (pisos blandos, esbelteces extremas, retranqueos masivos asimétricos), verificadas según la norma sísmica vigente.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La COVENIN 1756-1:2019 rige el diseño sismorresistente con parámetros de sitio (SRC-250, pp. 14, 17, 53); el desempeño de 1967 mostró la vulnerabilidad de configuraciones altas e irregulares en el litoral (SRC-243, pp. 17, 26). Hecho normativo; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-16", "P-06"],
    "fuentes": ["SRC-250", "SRC-243"]
  },
  {
    "id": "R-20",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "Altura libre interior mínima: 3,0 m en planta baja y 2,8 m en plantas altas (valores provisionales), para favorecer ventilación cruzada y estratificación del aire caliente.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "Las estrategias pasivas para el clima cálido venezolano son ventilación natural, iluminación natural y bloqueo solar (SRC-004, p. 121); las alturas interiores del caserío guaireño no están medidas en el corpus (Informe 06: no verificado), por lo que los valores son hipótesis de proyecto.",
    "derivada_de": ["P-13"],
    "fuentes": ["SRC-004", "SRC-005"]
  },
  {
    "id": "R-21",
    "categoria": "volumetria",
    "regla": "Fachadismo: se prohíbe conservar la fachada histórica como cáscara para vaciar el interior, suprimir el patio o levantar cuerpos de mayor altura detrás de ella.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "La doctrina protege 'la forma y el aspecto de los edificios (interior y exterior)' (SRC-183, art. 2, p. 2) y el patio es elemento definitorio del tipo guaireño (SRC-185): desaparece precisamente en esas operaciones. Hecho doctrinal; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-04", "P-18"],
    "fuentes": ["SRC-183", "SRC-185"]
  },
  {
    "id": "R-22",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "En plantas altas el muro predomina sobre el vano: superficie de vanos no mayor del 40 % del paño de fachada; en planta baja comercial hasta 50 %, resuelta con vanos verticales repetidos, nunca con paños vidriados corridos (valores provisionales).",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Las fichas oficiales documentan la proporción muro-vano: Casa Vargas con dos puertas y cuatro ventanas (SRC-049, p. 17), Casa España simétrica de cuatro ventanas y portón (SRC-049, p. 38); en la variante almacén la planta baja se perfora más pero con vanos verticales repetidos, como las ocho puertas de la Casa Boulton (SRC-049, p. 23). Hecho; porcentajes provisionales.",
    "derivada_de": ["P-07"],
    "fuentes": ["SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-23",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Los vanos son verticales, con proporción alto/ancho mínima de 1,5 (valor provisional), alineados en ejes compositivos entre plantas.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Las ventanas documentadas son 'alargadas' y reproducen 'el esquema tradicional de enrejado de madera entre repisa y quitapolvo' (SRC-049, p. 33). Hecho; proporción numérica provisional hasta levantamiento.",
    "derivada_de": ["P-07"],
    "fuentes": ["SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-24",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "La ventana a calle lleva protección funcional: repisa inferior, quitapolvo superior y reja; en planta baja la reja puede llegar a altura de pecho como interfaz entre casa y calle.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Repisas, quitapolvos, rejas y cerramientos de madera están documentados en la Casa España y la Jefatura Civil (SRC-049, pp. 33, 38); Curtis describe la conversación 'through the grated windows... breast-high from the sidewalk' (SRC-208, p. 48 del escaneo). La repisa y el quitapolvo son elementos de protección con expresión decorativa (Informe 04, interpretación). Confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-07"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-208"]
  },
  {
    "id": "R-25",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Los niveles altos pueden incorporar balcón corrido de madera con vuelo de 0,8 a 1,2 m (valor provisional), continuo por cuerpo de fachada, con baranda de balaustres o listones de madera.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "El balcón corrido de madera es rasgo del tipo casa-almacén: corredor convertido en balcón en la Guipuzcoana, con columnillas y balaustres torneados (SRC-049, p. 13); balcón corrido en la Jefatura Civil y la Casa de los Ingleses (SRC-049, pp. 33, 15). Hecho; vuelo provisional.",
    "derivada_de": ["P-08"],
    "fuentes": ["SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-26",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Toda fachada a calle remata en alero con vuelo mínimo de 0,5 m (valor provisional) que proteja el muro y sombree la acera.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "'El uso del alero como la forma lógica de remate de la techumbre y de protección ambiental' (SRC-002, p. 6); ancho alero documentado en la Casa Vargas (SRC-049, p. 17); el bloqueo solar mediante aleros es estrategia pasiva de primer orden (SRC-004, p. 3). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-09"],
    "fuentes": ["SRC-002", "SRC-049", "SRC-004"]
  },
  {
    "id": "R-27",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Zócalo continuo de 0,6 a 1,0 m de altura (valor provisional), en piedra o mortero mineral resistente al agua y al impacto, diferenciado en color o textura del paño superior.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El zócalo con base de piedra es componente documentado del sistema tradicional (SRC-002, p. 3) y aparece en el tablero compositivo del Guamacho (SRC-049, p. 19); protege la base del muro del agua y la erosión, patologías dominantes en los sistemas de tierra (SRC-001, p. 4). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-11", "P-12"],
    "fuentes": ["SRC-002", "SRC-049", "SRC-001"]
  },
  {
    "id": "R-28",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Acabados de fachada con revocos y pinturas minerales transpirables (cal o silicato), compatibles con las fábricas de piedra y tierra; se prohíben pinturas plásticas impermeables y morteros de cemento sobre fábricas históricas.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Los muros tradicionales se terminaban con frisos y encalados (SRC-049, p. 26); la compatibilidad de materiales es principio de intervención (SRC-278, sección 3.5, p. 3) y las humedades atrapadas degradan revestimientos y maderas (SRC-016, pp. 441, 444; SRC-001, p. 4). Hecho técnico; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-11"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-278", "SRC-016", "SRC-001"]
  },
  {
    "id": "R-29",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "El color sigue el esquema documentado de tablero (paño claro con zócalo, postes y dinteles coloreados) y la paleta de cada frente se fija mediante estudio cromático por manzana antes de pintar frentes completos.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Fachadas 'en forma de tablero con zócalo, postes y dinteles coloreados' documentadas en el casco (SRC-049, p. 19), con 'una riqueza cromática generalizada' (SRC-263, p. 70); existe precedente metodológico de proyecto cromático participativo por manzana en El Guamacho (SRC-263, pp. 74-78). La paleta histórica exacta no está verificada con catas: confianza moderada, de allí la exigencia de estudio previo.",
    "derivada_de": ["P-12"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-263", "SRC-020"]
  },
  {
    "id": "R-30",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Rotulación comercial integrada: dentro de los vanos o en banda sobre el dintel de altura máxima 0,6 m (valor provisional), con letras sueltas o pintadas; se prohíben cajones luminosos, pantallas y todo anuncio que cubra vanos, balcones, aleros o más de un cuerpo de fachada.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La forma y el aspecto de los edificios son valores protegidos (SRC-183, art. 2, p. 2) y el valor del casco es de conjunto (SRC-185). Interpretación operativa del equipo; confianza alta en el principio.",
    "derivada_de": ["P-07", "P-14"],
    "fuentes": ["SRC-183", "SRC-185"]
  },
  {
    "id": "R-31",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Equipos e instalaciones (acondicionadores de aire, tanques, antenas, cableado) no visibles desde el espacio público: se ubican en patios, azoteas interiores o integrados en el diseño; el cableado en fachada se ordena en canaletas pintadas al tono del paño.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El aspecto exterior es valor protegido (SRC-183, art. 2, p. 2). El diseño pasivo previo (ventilación cruzada, sombra) reduce la necesidad de climatización, cuyo uso abusivo denuncia la literatura técnica venezolana (SRC-005, p. 4; SRC-004, p. 121). Interpretación operativa; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-13", "P-07"],
    "fuentes": ["SRC-183", "SRC-004", "SRC-005"]
  },
  {
    "id": "R-32",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Carpinterías y balcones en madera tratada contra humedad y xilófagos, con despieces tradicionales: cerramientos de madera, balaustres torneados o listones.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "Carpintería y balcones de madera documentados en la Guipuzcoana y la Casa Boulton (SRC-049, pp. 13, 23); la descomposición por humedad e insectos es patología registrada que exige tratamiento (SRC-016, p. 444). Hecho + prescripción técnica.",
    "derivada_de": ["P-08", "P-11"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-016"]
  },
  {
    "id": "R-33",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Materiales plásticos o cerámicos que imiten piedra, madera o teja a la vista (perfiles PVC 'tipo madera', porcelanato 'tipo piedra', tejas plásticas): prohibidos en fachadas y cubiertas visibles.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "'La imitación debe generalmente evitarse' y lo nuevo debe ser identificable (SRC-194, art. 22, p. 9); además los revestimientos impermeables son físicamente incompatibles con fábricas transpirables de piedra y tierra (SRC-278; SRC-001, p. 4). Hecho doctrinal y técnico; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-11", "P-18"],
    "fuentes": ["SRC-194", "SRC-278", "SRC-001"]
  },
  {
    "id": "R-34",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Envejecimiento artificial: se prohíben pátinas simuladas, desgastes fingidos y cualquier acabado destinado a hacer pasar obra nueva por antigua.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "Los elementos destinados a reemplazar partes inexistentes deben distinguirse de la composición original para no falsificar el documento (SRC-184, p. 2); la imitación debe evitarse (SRC-194, art. 22, p. 9). Hecho doctrinal; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-18"],
    "fuentes": ["SRC-184", "SRC-194"]
  },
  {
    "id": "R-35",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Ruinas falsas y reconstrucción conjetural: prohibidas; en contextos arqueológicos (fortificaciones, murallas, trincheras) solo se admite la anastilosis con piezas originales documentadas.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "'Cualquier trabajo de reconstrucción deberá excluirse a priori; solo la anastilosis puede ser tenida en cuenta' y la restauración termina donde comienza la hipótesis (SRC-184, pp. 2-3). Hecho doctrinal; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-18"],
    "fuentes": ["SRC-184"]
  },
  {
    "id": "R-36",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "Decoración 'colonial' sin base documental local (arquerías, molduras, herrajes de catálogo): prohibida en obra nueva y en intervención sobre lo existente.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "La arquitectura guaireña documentada es sobria y de valor coral, no monumental (SRC-185); añadir repertorio ornamental foráneo sustituye el patrimonio real por un estereotipo y contradice la exigencia de no imitación (SRC-194, art. 22, p. 9). Interpretación con base documental; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-06", "P-18", "P-20"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-194"]
  },
  {
    "id": "R-37",
    "categoria": "fachadas",
    "regla": "La obra nueva se declara contemporánea: mantiene alineación, escala, ritmo y proporción de vanos del contexto, y es identificable como obra de su tiempo sin mimetismo estilístico.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La arquitectura contemporánea de inserción debe respetar los valores del sitio y su escala (SRC-196, pp. 26 y 37 del PDF) y ser 'fácilmente identificable como tal' (SRC-194, art. 22, p. 9); lo nuevo debe distinguirse de lo original (SRC-184, p. 2). La estratificación de épocas ya existente en las calles Bolívar y El Comercio es parte del bien (SRC-007, p. 6; SRC-193, párr. 8, p. 5). Hecho doctrinal; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-18", "P-20"],
    "fuentes": ["SRC-196", "SRC-194", "SRC-184", "SRC-007", "SRC-193"]
  },
  {
    "id": "R-38",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Se conservan los anchos, quiebres, pendientes y escalonamientos de las calles existentes; se prohíbe el ensanche de calzadas y la 'regularización' de alineaciones dentro del casco.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Los 'perfiles de calle estrechos y pendientes pronunciadas' generan el sentido de lugar documentado (SRC-263, p. 70); la trama es el primer valor a conservar (SRC-183, art. 2, p. 2). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-01", "P-02"],
    "fuentes": ["SRC-263", "SRC-183"]
  },
  {
    "id": "R-39",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Itinerarios peatonales sombreados: aleros, balcones y arbolado deben cubrir al menos el 50 % de la longitud de cada acera en la proyección solar del mediodía (valor provisional).",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El bloqueo solar se materializa 'mediante pérgolas, parasoles, aleros, corredores, celosías, elementos de paisaje (árboles, jardineras y setos)' (SRC-004, p. 3); la vida social documentada transcurría por 'the shady side of the street' (SRC-208, p. 48 del escaneo). Hecho bioclimático; porcentaje provisional.",
    "derivada_de": ["P-09", "P-13"],
    "fuentes": ["SRC-004", "SRC-208"]
  },
  {
    "id": "R-40",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Accesibilidad universal conforme a COVENIN 2733:2004 en todo el espacio público y los equipamientos; en calles estrechas o en pendiente se resuelve con plataforma única de pavimento continuo e itinerarios alternativos accesibles, nunca con ensanche de la calle.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La COVENIN 2733:2004 es la norma vigente de entornos sin barreras, obligatoria de facto por remisión de la Ley para las Personas con Discapacidad de 2007 (SRC-191); la sección estrecha y en pendiente del casco (SRC-263, p. 70) exige diseño fino, no ensanche destructivo de la trama (SRC-183, art. 2, p. 2). Hecho normativo; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-02"],
    "fuentes": ["SRC-191", "SRC-263", "SRC-183"]
  },
  {
    "id": "R-41",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "El drenaje superficial se jerarquiza hacia los cauces: pavimentos con pendientes y cunetas dimensionadas para lluvia extraordinaria; ninguna obra pública o privada reduce la sección hidráulica de quebradas y torrenteras.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La recurrencia de crecidas destructivas está documentada desde 1798 (SRC-242, sección Introduction; SRC-255, p. 4); en 1798 los flujos dañaron 219 edificaciones y destruyeron todos los puentes de La Guaira (SRC-249, p. 3). Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-15"],
    "fuentes": ["SRC-242", "SRC-255", "SRC-249"]
  },
  {
    "id": "R-42",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Pavimentos minerales antideslizantes (piedra, adoquín o concreto de acabado y tono mineral) en las calles del casco; el asfalto se limita a las vías de borde.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "El carácter del lugar reside también en la materialidad de sus perfiles de calle (SRC-263, p. 70); la pendiente pronunciada exige superficie antideslizante. Interpretación operativa del equipo; confianza moderada.",
    "derivada_de": ["P-02", "P-11"],
    "fuentes": ["SRC-263"]
  },
  {
    "id": "R-43",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Arbolado de sombra en plazas, plazoletas y frente marino donde la sección lo permita, con especies tolerantes al ambiente salino; en las calles estrechas la sombra la proporcionan aleros y balcones, no arbolado forzado en aceras insuficientes.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "Los árboles son dispositivo reconocido de bloqueo solar (SRC-004, p. 3); las plazas del casco —como la plaza Vargas, de aproximadamente 30 x 50 m (SRC-049, p. 29)— son el soporte disponible. No hay estudio local de especies en el corpus: la selección queda a estudio de paisajismo (vacío declarado).",
    "derivada_de": ["P-09", "P-13"],
    "fuentes": ["SRC-004", "SRC-049"]
  },
  {
    "id": "R-44",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Iluminación pública a escala peatonal, adosada a fachada en las calles estrechas para no obstruir el paso, con temperatura de color cálida y luminarias resistentes a la corrosión marina.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La sección estrecha del casco no admite postes que obstruyan itinerarios accesibles (SRC-263, p. 70; SRC-191); la atmósfera marina de los primeros centenares de metros exige materiales resistentes a la corrosión (SRC-247, pp. 1-4). Interpretación operativa sobre hechos documentados.",
    "derivada_de": ["P-02", "P-17"],
    "fuentes": ["SRC-263", "SRC-191", "SRC-247"]
  },
  {
    "id": "R-45",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Cerramiento de calles y sectores: se prohíbe toda urbanización cerrada y cualquier caseta, reja o barrera que someta calles, plazas o frentes de agua a control privado de acceso.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "El enclave cerrado de élite está documentado como generador de exclusión en el precedente latinoamericano directo de Cayalá (SRC-222; SRC-227) y contradice la continuidad de trama exigida por la doctrina (SRC-183, art. 2, p. 2) y los principios del urbanismo tradicional contemporáneo (SRC-218). Hecho documental; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-01", "P-14"],
    "fuentes": ["SRC-222", "SRC-227", "SRC-183", "SRC-218"]
  },
  {
    "id": "R-46",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Frentes activos en las calles comerciales (Bolívar y El Comercio): vanos practicables al menos cada 6 m y ningún tramo ciego de fachada a calle mayor de 10 m (valores provisionales).",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La planta baja histórica del casco es comercial y perforada hacia la calle: todos los espacios de planta baja de la Casa Boggio con vanos de acceso directo al exterior (SRC-049, p. 18); comercio abajo y vivienda u oficinas arriba documentado también en la aduana (SRC-208, p. 34 del escaneo). Hecho + interpretación operativa.",
    "derivada_de": ["P-05", "P-14"],
    "fuentes": ["SRC-049", "SRC-208"]
  },
  {
    "id": "R-47",
    "categoria": "espacio_publico",
    "regla": "Mobiliario urbano y señalización de diseño sobrio y unificado por sector, con materiales minerales y herrería protegida contra la corrosión; se excluyen las réplicas 'de época' de catálogo.",
    "nivel": "recomendada",
    "justificacion": "La sobriedad es el carácter documentado del conjunto (SRC-185) y la imitación debe evitarse (SRC-194, art. 22, p. 9); la herrería exterior exige protección anticorrosiva en atmósfera marina (SRC-247, pp. 1-4). Interpretación operativa; confianza alta en los principios.",
    "derivada_de": ["P-18", "P-17"],
    "fuentes": ["SRC-185", "SRC-194", "SRC-247"]
  },
  {
    "id": "R-48",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Toda edificación nueva y toda adecuación estructural de edificaciones existentes se diseña conforme a la norma sísmica vigente COVENIN 1756-1:2019, con los parámetros de sitio (A0, A1, TL) correspondientes al lugar y período de retorno de 475 años.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La COVENIN 1756-1:2019 sustituye a la 1756:2001 y define mapas de variación continua de A0, A1 y TL para 475 años (SRC-250, pp. 14, 17, 53); el litoral ha sufrido cuatro terremotos destructores (1641, 1812, 1900, 1967) (SRC-262, p. 126 del PDF; SRC-243, p. 19). Hecho normativo; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-16"],
    "fuentes": ["SRC-250", "SRC-189", "SRC-243", "SRC-262"]
  },
  {
    "id": "R-49",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Los proyectos públicos y los edificios de reunión exigen estudio geotécnico y de respuesta de sitio específico mientras no exista microzonificación sísmica publicada del casco; la microzonificación de la ciudad es requisito a gestionar.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La norma ordena que 'las ciudades con más de 100.000 habitantes deberán llegar a disponer de estudios de microzonificación sísmica en su territorio' (SRC-250, p. 18); el proyecto de microzonificación de Caracas demuestra la metodología y la relevancia de los efectos de sitio en sedimentos (SRC-252). No hay microzonificación publicada para el casco (Informe 06, vacío declarado). Hecho normativo; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-16"],
    "fuentes": ["SRC-250", "SRC-252"]
  },
  {
    "id": "R-50",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Todo elemento no estructural —parapetos, aleros, balcones, tanques, cornisas, tejas— se ancla y arriostra; las cubiertas de madera llevan amarres y uniones mecánicas entre armadura, solera y muro que garanticen el trabajo de diafragma.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Los amarres de cubierta y uniones del sistema de par y nudillo están detallados en el manual de rehabilitación de adobe y tapia (SRC-275, pp. 35-37); la caída de elementos y los colapsos del terremoto de 1967 en el litoral son la lección histórica (SRC-243, pp. 17, 26). Hecho técnico; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-16", "P-10"],
    "fuentes": ["SRC-275", "SRC-243", "SRC-250"]
  },
  {
    "id": "R-51",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "La intervención estructural sobre edificaciones patrimoniales sigue los principios ISCARSAH: análisis multidisciplinar previo, mínima intervención, compatibilidad de materiales y reversibilidad; la seguridad se evalúa por comportamiento estructural real, no por aplicación rígida del código.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "'Cada intervención debe ser proporcional a los objetivos de seguridad previamente establecidos, y limitarse al mínimo indispensable' (SRC-278, sección 3.5, p. 3); 'la aplicación rígida de códigos sísmicos y geotécnicos puede llevar a medidas drásticas y a menudo innecesarias' (SRC-273, p. 2, traducción del equipo). Hecho doctrinal; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-11", "P-16"],
    "fuentes": ["SRC-278", "SRC-273"]
  },
  {
    "id": "R-52",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "La construcción o el refuerzo en tierra (tapia, adobe, bahareque) se ejecuta únicamente como tierra reforzada: viga collar, refuerzos de caña, soga, malla o geomalla y esbelteces controladas, tomando como referente la norma peruana E.080 y la evidencia experimental del Getty Seismic Adobe Project, en tanto Venezuela carece de norma propia.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La E.080 es la única norma nacional americana vigente de tierra reforzada sismorresistente (SRC-276); los ensayos en mesa vibradora del GSAP validaron cables, diafragmas y vigas collar contra el colapso de muros esbeltos (SRC-279, caps. 7-9; SRC-277, caps. 5-7); la vulnerabilidad del adobe sin refuerzo está documentada (SRC-272, p. 6). Hecho técnico; confianza alta; viabilidad normativa local moderada (Informe 05).",
    "derivada_de": ["P-11", "P-16"],
    "fuentes": ["SRC-276", "SRC-279", "SRC-277", "SRC-275", "SRC-272"]
  },
  {
    "id": "R-53",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "El acero expuesto al exterior en los primeros 200 m desde la línea de costa (valor provisional que cubre todo el casco) es inoxidable, galvanizado pesado o sistema dúplex, con plan de repintado; se prohíbe el acero desnudo o con imprimación simple en el frente marino.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "En atmósferas marinas el depósito de partículas salinas acelera la corrosión del acero, con relación lineal entre salinidad y velocidad de corrosión, y decaimiento marcado con la distancia a la costa: los primeros centenares de metros son la franja de máxima agresividad (SRC-247, pp. 1-4). Hecho técnico; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-17"],
    "fuentes": ["SRC-247"]
  },
  {
    "id": "R-54",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Control integral del agua: cubiertas de teja con solapes y amarres correctos, impermeabilización de azoteas y encuentros, corte de humedad ascendente mediante zócalo estanco, protección y ventilación de maderas; sobre fábricas históricas solo morteros y revocos de cal transpirables.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "Las patologías dominantes del corpus son humedades ascendentes y filtraciones de techos (SRC-016, p. 441), erosión y eflorescencias en sistemas de tierra (SRC-001, p. 4) y descomposición de maderas por humedad y xilófagos (SRC-016, p. 444); la compatibilidad de materiales es principio de intervención (SRC-278, sección 3.5, p. 3). Hecho técnico; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-11", "P-17"],
    "fuentes": ["SRC-016", "SRC-001", "SRC-275", "SRC-278"]
  },
  {
    "id": "R-55",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Medios de escape conforme a la norma COVENIN 810 vigente en toda obra nueva, remodelación y cambio de uso, incluida la reutilización de casonas del casco como equipamientos públicos o de reunión.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La COVENIN 810 fija los requisitos mínimos de salidas, distancias de recorrido y escaleras según ocupación, y aplica expresamente a remodelación y cambio de uso (SRC-192); la reutilización de casonas como equipamiento es el escenario típico del proyecto. Hecho normativo; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-05", "P-14"],
    "fuentes": ["SRC-192"]
  },
  {
    "id": "R-56",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Cada edificio cuenta con manual y calendario de mantenimiento (encalado, revisión de cubierta, herrería, maderas, drenajes), con frecuencias crecientes hacia la primera línea de costa; el cumplimiento es condición de las licencias de intervención.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "La corrosión y la degradación por sales aumentan hacia la costa (SRC-247, pp. 1-4); las patologías por falta de mantenimiento están documentadas en el propio corpus (SRC-016, pp. 441, 444; SRC-044); el mantenimiento continuo es la primera de las intervenciones de conservación en la escala de la Carta de Burra (SRC-194). Hecho + prescripción de gestión; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-17", "P-11"],
    "fuentes": ["SRC-247", "SRC-016", "SRC-044", "SRC-194"]
  },
  {
    "id": "R-57",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Las obras de mitigación de aludes torrenciales —presas de retención de detritos, canalizaciones— se mantienen y monitorean como infraestructura crítica; ninguna edificación ni relleno ocupa o techa un cauce, y ninguna licencia se otorga aguas abajo de obras sin mantenimiento verificado.",
    "nivel": "obligatoria",
    "justificacion": "El informe USGS evalúa presas de retención, canalización y zonificación como estrategias combinadas (SRC-242, secciones de mitigación); el balance a veinte años documenta qué se construyó y qué no del plan de mitigación (SRC-019). La seguridad del abanico depende de esas obras, no de la suerte. Hecho; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-15"],
    "fuentes": ["SRC-242", "SRC-019"]
  },
  {
    "id": "R-58",
    "categoria": "ingenieria",
    "regla": "Sótanos y semisótanos habitables: prohibidos en el abanico aluvial y en las zonas de flujo cartografiadas.",
    "nivel": "no_permitida",
    "justificacion": "Los flujos de detritos de 1999 sepultaron sectores urbanos con depósitos de gran espesor y bloques métricos (SRC-242, sección Caraballeda; SRC-249, p. 1); un nivel habitable bajo rasante en zona de flujo es indefendible. Interpretación operativa del equipo sobre hechos documentados; confianza alta.",
    "derivada_de": ["P-15"],
    "fuentes": ["SRC-242", "SRC-249"]
  }
]
